La jubilación tal vez puede parecer muy lejano, pero está más cerca de lo que se imagina y nunca es demasiado temprano para hacer planes.
Los carpinteros, drywallers, y millwrights de la unión son participantes del Anualidad de los Carpinteros del Sudoeste cuando trabajan bajo ciertos acuerdos laborales en Nevada, Sur de California, Arizona y Colorado.
- El Plan de Anualidad de los Carpinteros del Sudoeste es un Plan de Jubilación de Contribución Definida
- Usted siempre está establecido al 100%.
- Todo el dinero contribuido e ingresos de inversiones le pertenece a usted, el participante.
- Usted se convierte en un Participante del Plan cuando la primera contribución se hace al Plan por su empleador.
- Contribuciones financiadas por empleadores
- Se hacen las contribuciones por horas trabajadas basado en el acuerdo que usted está trabajando. La cantidad de contribuciones esta listada en su referencia laboral.
- Cuando usted esta trabajando en una jurisdicción externa, usted puede solicitar que se realicen las contribuciones hechas a otra Anualidad de Carpinteros o plan de Contribución Definidas al Plan de Anualidades de Carpinteros del Sudoeste, enviando un formulario de Reciprocidad a la Oficina Administrativa.
- Las contribuciones tienen los impuestos diferidos (los impuestos son debidos al momento de distribución).
- Usted no puede hacer contribuciones.
Sus Inversiones
Cuando usted se registre con Empower Financial en swcarpentersannuity.org usted tendrá acceso actual para ver su balance de su cuenta de anualidad o para ver o dirigir sus inversiones.
- Fondos de inversión con fecha objetivo son seleccionadas automáticamente a menos que usted haga otras selecciones.
- Los Fondos de la Fecha Objetivo se basan en el año cuando cumpla 62 años.
- Asegúrese que su fecha de nacimiento esta correcta en MemberXG para que se seleccione el Fondo de Fecha Objetivo correcto.
- Una variedad de otras opciones de inversión está disponible a usted si selecciona ser un inversor "hands-on".
- Como las contribuciones, los ingresos de inversiones tienen los impuestos diferidos (los impuestos son debidos al momento de distribución).
Accediendo Su Fideicomiso De Anualidad
El balance de su Anualidad le pertenece a usted comenzando con la primera contribución, sin embargo, como esta es una cuenta de jubilación sus fondos pueden ser retirados solamente si ocurren ciertos eventos:
- Jubilación
- Incapacidad
- Fallecimiento
- Terminación como participante – no han hecho contribuciones por 12 meses consecutivos y no está trabajando en la industria de construcción en la Región del Sudoeste.
Formas De Pago:
- Distribuciones son tratados como ingresos imponibles.
- Distribución de cantidad total.
- Pagos mensuales fijos.
Cuando Aplicar Para Beneficios
- Usted puede solicitar para sus beneficios a cualquier momento ya que sea elegible para recibir un beneficio del Plan, como se describió anteriormente.
- Su beneficiario puede solicitar siguiendo su fallecimiento.
- El primer paso para solicitar para sus beneficios de Anualidad es solicitar una solicitud de la Oficina del Fideicomiso comunicándose al (213) 386-8590 o (800) 293-1370.
Formas De Pago
En acuerdo con la Ley Federal, el Plan le pagara sus beneficios automáticamente en una de las dos formas automáticas de pago como se describe a continuación, dependiendo de su estatus de matrimonio cuando recibe sus beneficios. Si prefiere, usted y su cónyuge pueden rechazar esta forma de pago y elegir una de las formas opcionales como se describen a continuación.
Participantes casados
- Si usted está casado en la fecha que su Cuenta Individual se hace pagadera, esta forma de pago automática se convierte en 50% anualidad conjunta y de sobreviviente. Esto es requerido por ley federal.
- El valor de su Parte Acumulada será utilizado para pagar un beneficio fijo mensual para usted durante su vida, y al tiempo de su fallecimiento, 50% de tal beneficio mensual será pagado a su cónyuge sobreviviente hasta el fallecimiento de su cónyuge.
- Usted puede rechazarlo y elegir para recibir pago en otra de las formas opcionales de pago.
- Su rechazo debe ser por escrito, y debe contener las firmas notarizadas de usted y su cónyuge, y ser proporcionadas entre 180 días después de que usted y su cónyuge fueron avisados por los Fideicomisarios de la disponibilidad y el efecto de su rechazo.
- En la fecha que su Cuenta Individual se convierte pagadera, solamente su cónyuge es elegible para recibir beneficios de anualidad conjunta y de sobreviviente.
Participantes Solteros
- Si no está casado en la fecha en que su Cuenta Individual sea pagadera, la forma automática de pago será una Anualidad de una sola vida.
- El valor de su Acciones Acumuladas se utilizará para pagarle un beneficio mensual fijo por el período de su vida, después de su fallecimiento, no se pagará ningún beneficio adicional.
- Si no desea esta forma de pago, puede rechazarla y optar por recibir el pago en uno de los otros formularios opcionales.
- Su rechazo debe ser por escrito, contener su firma notaria, y ser proporcionado dentro de los 180 días después de que usted haya sido informado por los Fideicomisarios de la disponibilidad y el efecto de su rechazo.
Forma de pago irrevocable
- Una vez que comiencen los pagos, no podrá cambiar la forma de la anualidad. Por ejemplo, si toma su Acción Acumulada en forma de una anualidad conjunta y de sobreviviente del 50%, no puede cambiar esta forma de pago una vez que comience.
Formas de pago opcionales
- Un pago total (automático si el valor de su cuenta es menor o igual a $5,000.00).
- Tarifas mensuales que no excedan de cinco años.
- Una combinación de (i) y (ii).
- 75% de anualidades conjuntas y de sobrevivientes (solo si están casados). El valor de su cuenta se convertirá en pagos mensuales a usted durante su vida, después de su fallecimiento, el 75% de los pagos mensuales continuarán a su cónyuge sobreviviente por el resto de su vida.
Impuestos
La Ley Federal requiere que el Consejo Directivo le proporcione un "Aviso Tributario Especial con respecto a los Pagos del Plan", que describe sus derechos y obligaciones con respecto a las transferencias y los requisitos de retención.
Retención obligatoria del 20 por ciento.
- Siempre que reciba una distribución del Plan, aparte de los pagos periódicos de anualidades o pagos a plazos de 10 años o más, y no haya realizado una transferencia directo a una cuenta de jubilación individual ("IRA"), anualidad o un plan de jubilación elegible, el Servicio de Impuestos Internos requiere que el Plan retenga el 20 por ciento de la cantidad imponible que se debe acreditar a cualquier impuesto sobre su ingreso que debe.
- Esta cantidad se deducirá automáticamente de la cantidad pagada a usted.
10% por ciento de impuesto adicional de multas.
- Cualquier pago de dinero sujeto a impuestos de su cuenta generalmente está sujeto a una multa adicional de impuestos federales del 10 por ciento si recibe una distribución "temprano". Por ejemplo, si recibe una distribución antes de los 59 años y medio.
- Siempre consulte a un asesor fiscal calificado para su situación específica.
Pago Después De Fallecimiento
Si usted fallece antes de recibir el pago de su Acción Acumulada, su Acción Acumulada será pagada de la siguiente manera:
Participantes casados
- Si ha estado casado durante el período de un año que termina en la fecha de su fallecimiento, la forma automática de pago será una cantidad de Anualidad para su cónyuge sobreviviente.
- El valor de su Acción Acumulada se utilizará para comprar una cantidad de Anualidad de una compañía de seguros de vida de reserva legal que pagará un beneficio mensual fijo a su cónyuge para su vida con todos los pagos que terminan en su fallecimiento.
- Su cónyuge sobreviviente puede rechazar la cantidad de anualidad y elegir recibir un pago total.
- El rechazo de su cónyuge sobreviviente debe ser por escrito, contener la firma notaria de su cónyuge, y ser proporcionado dentro de los 180 días después de que su cónyuge haya sido informado por los Fideicomisarios de la disponibilidad y el efecto de su rechazo.
Participantes solteros
- Si no ha estado casado durante el período de un año que termina en la fecha de su fallecimiento, la forma automática de pago es un único pago de cantidad total a su beneficiario o beneficiario designado.
Beneficiario
- Para asegurarse de que su Acción Acumulada se paga a la persona que desea recibirla, asegúrese de presentar una designación de Beneficiario a la Oficina Administrativa y mantenerla actualizada.
- Si usted está casado, su cónyuge debe dar su consentimiento por escrito a la designación de un Beneficiario que no sea su cónyuge.
- Si no designa a un Beneficiario, su Acción Acumulada será pagada a sus parientes más cercanos en el siguiente orden de prioridad:
- Cónyuge sobreviviente, o si ninguno;
- niños sobrevivientes, en partes iguales, o si ninguno;
- Padres sobrevivientes, en partes iguales.